La Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara estable que:
“Los Consejos de Escuela serán los órganos principales de gobierno de estas dependencias y se integrarán por:
I. El Director de la Escuela, como Presidente;
II. El Secretario de la Escuela, como Secretario de Actas y Acuerdos;
III. Seis representantes académicos de la Escuela, y
IV. Tres alumnos de la Escuela
Atribuciones de los Consejos de Escuela. Ley Orgánica, artículo 81